EL ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL COMO UN MECANISMO DE EXIGIBILIDAD DE RESPETO Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA Y SU APLICACIÓN EN BRASIL POR LA CORTE SUPREMA

  • Omar Huertas Díaz Universidad Nacional de Colombia
  • Ana Alice de Carli UNIVERSIDADE FEDERAL FLUMINENSE
  • Bruno de Paula Soares Universidade Federal Fluminense

Resumo

Indiscutiblemente, en las últimas dos décadas la sociedad colombiana ha sido testigo y participe de las transformaciones más importantes que ha sufrido el Estado, tanto del rediseño de la estructura organizacional del poder, así como del reconocimiento progresivo de un amplio catálogo de derechos fundamentales en su carta política. En ese sentido, las transformaciones en estas dos áreas, han traído como consecuencia la existencia de un mayor parámetro de exigibilidad de respeto y garantía de los derechos humanos; para cumplir con ello, se han implementado novedosos y complejos mecanismos procesales para su defensa, tal como lo es la declaratoria del estado de cosas inconstitucional. Dicho desarrollo guarda especial relevancia, ya que sirve de modelo y guía para los países latinoamericanos, pues con ello se pretende la intervención colectiva de los poderes públicos y superar las falencias de carácter estructural de las políticas públicas, hacer frente y disminuir las violaciones masivas y sistemáticas de los derechos fundamentales y con ello reintegrar el valor máximo del ser humano que es su dignidad. Por último, se demuestra que en Brasil, aunque tímidamente, la doctrina jurisprudencial del estado de cosas inconstitucional ha sido aplicada por la Suprema Corte de aquel país.

Biografia do Autor

Omar Huertas Díaz, Universidad Nacional de Colombia
Profesor Asociado, Doctor en Derecho, Universidad Nacional de Colombia, PhD © en Ciencias de la Educación, Universidad Simón Bolívar. Mg. en Derecho Penal Universidad Libre, Máster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberoamérica Universidad de Alcalá, España. Mg. en Educación Universidad Pedagógica Nacional. Socio de la Fundación Internacional de Ciencias Penales FICP. Miembro de honor de la Fundación de Victimología. Miembro Honorario Asociación Colombiana de Criminología. Líder del Grupo de Investigación “Escuela de Derecho Penal NULLUM CRIMEN SINE LEGE UN”. Abogado. Correo electrónico: ohuertasd@unal.edu.co
Ana Alice de Carli, UNIVERSIDADE FEDERAL FLUMINENSE

Doutora e Mestre em Direito Publico e Evolução Social. Especialista em Direito Público. Professora Adjunta do Curso de Direito e do Mestrado em Tecnologia Ambiental da Universidade Federal Fluminense (UFF/UFF). Membro da Comissão de Meio Ambiente da Ordem dos Advogados do Brasil, seção Rio de Janeiro. Pesquisadora fundadora do Grupo de Estudos em Meio Ambiente e Direito - GEMADI/UFF. Membro dos Conselhos Editoriais das Editoras Lumen Juris e Millennium. Autora de varios libros jurídicos.

Bruno de Paula Soares, Universidade Federal Fluminense

Graduando em Direito pela Universidade Federal Fluminense. Orientando dos professores doutores Ana Alice De Carli e Omar Huertas Díaz. Monitor da Disciplina de Direito Financeiro e Tributário. Estagiário da Procuradoria da Fazenda Nacional.

Publicado
2017-07-27